Respuesta corta
Después de un desahucio, la persona desalojada puede recuperar sus pertenencias retirándolas en el plazo que fije el juzgado: en el acto del lanzamiento la comisión judicial levanta inventario de los bienes que quedan en la vivienda, y la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 703) establece que, si no se retiran en el plazo concedido, se consideran abandonados y el propietario puede disponer de ellos.
Qué hacer para recuperar tus cosas:
- Si es posible, retíralas antes de la fecha del lanzamiento. Es la forma más segura y evita costes.
- El día del lanzamiento, pide a la comisión judicial que conste en el acta qué bienes quedan y que se te conceda un plazo para recogerlos.
- Contacta con el propietario o su abogado para acordar día y hora para acceder a la vivienda y retirar los enseres, siempre con constancia por escrito.
- Si el propietario se niega, comunícalo de inmediato al juzgado que tramitó el desahucio, dentro del plazo concedido.
- Si se depositaron los bienes en un almacén por orden judicial, deberás abonar los gastos de depósito para recuperarlos.
Bienes especiales: documentación personal, medicinas, objetos de valor o enseres de primera necesidad se intentan entregar de inmediato o se depositan, y no deberían tratarse como abandonados sin más.
Si el propietario se queda con bienes de valor fuera del plazo legal o los destruye antes de tiempo, la persona desalojada puede reclamar. Y, a la inversa, si los bienes se dejan abandonados, el propietario puede reclamar los gastos de retirada.
Para propietarios: no se deben tirar ni vender los bienes del inquilino sin respetar el plazo y lo que indique el acta. Hacerlo puede generar responsabilidad.
En Abogados Comunidades asesoramos a propietarios e inquilinos de Asturias sobre la ejecución del lanzamiento y la gestión de los bienes.
Revisado el por Jesús Martínez Junceda, colegiado n.º 7.012 del ICA de Oviedo.
Esta respuesta es información general y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.
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