Respuesta corta
Constituir una comunidad de propietarios y registrar sus estatutos cuesta, de forma orientativa, entre 600 y 2.000 euros en un edificio de tamaño medio, sumando notaría, Registro de la Propiedad y, en su caso, honorarios de abogado o técnico; el importe exacto depende del número de pisos y locales, ya que notarios y registradores cobran según aranceles fijados por ley.
Conceptos que integran el coste:
- Escritura de división horizontal o título constitutivo ante notario: su arancel depende del número de fincas resultantes y del valor del inmueble. Si se incluyen estatutos en la misma escritura, el coste adicional es reducido.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad: cada piso o local se inscribe como finca independiente, lo que multiplica los asientos. Los registradores aplican su propio arancel.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: la división horizontal tributa por AJD sobre el valor del edificio. En Asturias el tipo general es del 1,2 %, con tipos reducidos en ciertos casos, por lo que puede ser el gasto más relevante en obras nuevas.
- Certificado técnico y planos: si el edificio no tiene descripción actualizada, un arquitecto o arquitecto técnico debe certificar superficies y cuotas.
- Honorarios de abogado: por redactar estatutos y normas, revisar el título y organizar la primera junta.
- Trámites posteriores: legalización del libro de actas en el Registro (coste bajo) y solicitud del NIF, que es gratuita.
Modificar o registrar unos estatutos en una comunidad ya constituida requiere acuerdo unánime, elevación a escritura pública e inscripción. En ese caso el coste suele ser menor, de unos cientos de euros, al no haber nueva división horizontal.
Los estatutos son voluntarios; si no se inscriben, solo obligan a quienes los aprobaron y no a los futuros compradores.
En Abogados Comunidades, en Oviedo, presupuestamos y gestionamos la constitución de comunidades y la redacción de estatutos en Asturias.
Revisado el por Jesús Martínez Junceda, colegiado n.º 7.012 del ICA de Oviedo.
Esta respuesta es información general y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.
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