Respuesta corta
Una comunidad de propietarios no tiene potestad sancionadora general para imponer multas a los vecinos: la Ley de Propiedad Horizontal no la reconoce; sin embargo, sí pueden establecerse ciertas consecuencias económicas si están previstas en los estatutos inscritos, como recargos por morosidad o un incremento de gastos para determinadas actividades, y la comunidad puede reclamar daños y ejercitar la acción de cesación.
Lo que la comunidad sí puede hacer:
- Recargos o intereses por impago: el Tribunal Supremo ha admitido que los estatutos o un acuerdo de la junta establezcan recargos o intereses de demora razonables para los morosos, siempre que no sean desproporcionados ni discriminatorios.
- Incremento de gastos a pisos turísticos: la LPH permite aprobar, por tres quintos, que las viviendas de uso turístico paguen hasta un 20 % más de gastos comunes.
- Privación del voto a los morosos: es un efecto legal automático (art. 15.2 LPH).
- Acción de cesación: ante actividades molestas o prohibidas, el juez puede imponer indemnizaciones y privar del uso de la vivienda o local hasta tres años.
- Reclamación de daños: si un vecino causa daños en elementos comunes, debe repararlos o indemnizar.
- Publicidad de morosos: puede exponerse la deuda en el tablón solo cuando no se ha podido notificar en el domicilio, con los requisitos legales.
Lo que no puede hacer:
- Imponer multas por incumplir normas de convivencia (ruidos, basuras, uso del ascensor) si no tienen respaldo estatutario y judicial.
- Cortar suministros o impedir el acceso a servicios comunes a un moroso (por ejemplo, el ascensor o la piscina), salvo casos muy concretos validados por los tribunales.
- Publicar listas de morosos en redes o grupos de mensajería.
En Abogados Comunidades asesoramos a comunidades de Asturias sobre las medidas legales frente a vecinos incumplidores.
Revisado el por Jesús Martínez Junceda, colegiado n.º 7.012 del ICA de Oviedo.
Esta respuesta es información general y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.
