Qué hacer cuando un vecino te hace la vida imposible en Oviedo y Asturias

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Qué hacer cuando un vecino te hace la vida imposible en Oviedo y Asturias

Desgraciadamente en la convivencia en una comunidad de propietarios, la relación entre ellos depara situaciones de todos los tipos. Generalmente existe cordialidad, incluso amistad entre vecinos, sobre todo con el paso de los años, pero es cierto que también afloran conflictos que trascienden la mera discrepancia para convertirse en situaciones de acoso sistemático o «mobbing» vecinal. ¿Qué hacer cuando un vecino te hace la vida imposible por tanto? Mediación y conciliación como primera vía de actuación.

Pero hay más herramientas para atajar el asunto. En Abogados Comunidades conocemos las vías de actuación en Oviedo y Asturias ante tesituras desagradables entre vecinos, que llegan demasiado lejos. Vamos a verlas y explicarlas.

Guía de actuación legal cuando un vecino te hace la vida imposible (acoso vecinal)

Una mala relación entre vecinos, no caerse bien, no hablarse, incluso ser algo mal educado, no es acoso vecinal. Que quede muy claro esto. Incluso las disputas por discrepancias entre vecinos, que pueda requerir la intermediación de los órganos administrativos de la comunidad, tampoco es acoso vecinal (o blocking, en jerga anglosajona).

Todo eso no deja de ser “normal” en una convivencia de decenas o cientos de personas en una finca. Se suelen solucionar con buena voluntad, cierto sentido común y la participación de la propia administración de la comunidad. En cambio, que un vecino te haga la vida imposible de forma continuada, traspase líneas concernientes a la salud y seguridad de las personas, es algo completamente distinto, tipificado en el Código Penal de nuestro ordenamiento jurídico.

Como hemos comentado, dicho ordenamiento español nos arroja distintas vías de respuesta. .

La vía civil: La Ley de Propiedad Horizontal (LPH)

A nivel nacional, la herramienta por excelencia es el artículo 7.2 de la LPH. Este artículo prohíbe al propietario u ocupante desarrollar actividades que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

Acción de cesación

Es el procedimiento judicial para detener estas conductas. Para hacer uso de la acción de cesación, el presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquier vecino, debe requerir fehacientemente (vía burofax) al infractor el cese inmediato de las molestias.

Si el vecino que te hace la vida imposible persiste, la comunidad puede interponer una demanda que podría derivar en la privación del derecho al uso de la vivienda por un tiempo de hasta tres años y la indemnización por daños y perjuicios.

La vía administrativa: Normativa local y regional

En el Principado de Asturias, contamos con regulaciones específicas sobre ruidos, vibraciones y convivencia. Son estas:

  • Decreto 99/1985 (Principado de Asturias): Sobre normas contra la contaminación acústica.
  • Ordenanzas municipales (Ej. Oviedo o Gijón): Cada ayuntamiento tiene potestad para sancionar conductas que alteren la convivencia ciudadana o superen los decibelios permitidos. Las denuncias ante la Policía Local son requisitos indispensables para generar un atestado que sirva de prueba documental.

La vía penal: El delito de coacciones y acoso (Stalking)

Si el vecino que hace la vida imposible a alguien presenta una conducta catalogada como grave, reiterada y que altera peligrosamente el desarrollo de la vida cotidiana, entramos en el ámbito del Código Penal.

El artículo 172 ter regula el delito de acoso. Si el vecino te vigila, te busca, te llama constantemente o utiliza tus datos, puede enfrentarse a penas de prisión o multa.

El artículo 173.1: El trato degradante y el menoscabo de la integridad moral.

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Preguntas frecuentes (FAQ)

Os resumimos las más comunes que os pueden arrojar luz sobre algunas cuestiones que os ronden la cabeza.

☑️​ ¿Puedo grabar al vecino para obtener pruebas?

Sí, siempre que sean grabaciones en zonas comunes o de interacciones directas contigo, sin invadir la intimidad del interior de su vivienda.

☑️​ ¿Qué pasa si el acosador es un inquilino?

El propietario es responsable subsidiario si, tras ser informado, no actúa para rescindir el contrato de arrendamiento.

☑️​ ¿Es necesario que la comunidad de propietarios me apoye?

Para la acción de cesación de la LPH, sí. Para la vía penal o una demanda civil de daños personales, puedes actuar de forma individual.

☑️​ ¿Sirven los partes médicos de ansiedad?

Son cruciales para demostrar el daño moral y la gravedad del acoso en un juicio.

Consejo jurídico si el vecino te hace la vida imposible

Como experto en la materia, mi consejo más firme es: «No responder al fuego con fuego».

Cuando un vecino te hace la vida imposible, la tentación de devolver la molestia es grande, pero jurídicamente, es un error táctico que puede convertirte a ti en coautor de una situación de conflicto mutuo. Si eso ocurre, debilitamos nuestra posición como víctima.

La clave del éxito en estos procedimientos es la evidencia objetiva.

Cualquier actuación debe ir precedida de un «dosier de pruebas»: llamadas a la policía, mediciones de ruidos, actas de juntas de propietarios y requerimientos notariales o por burofax. La justicia en el ámbito de la Propiedad Horizontal no premia a quien tiene la razón moral, sino a quien puede demostrar la perturbación persistente de la paz familiar.

A continuación, presento un modelo formal de requerimiento fehaciente (para enviar preferiblemente vía burofax con acuse de recibo y certificación de texto).

Este documento es el paso previo obligatorio para poder iniciar con éxito la Acción de Cesación prevista en el Art. 7.2 de la LPH. Sin este aviso formal, cualquier demanda posterior podría ser desestimada por falta de procedibilidad.

Modelo de requerimiento previo por actividades molestas/acoso

AL REMITENTE: [Nombre y Apellidos del Presidente de la Comunidad o Vecino Afectado]

AL DESTINATARIO: [Nombre y Apellidos del Vecino Infractor]

DIRECCIÓN: [Calle, número, piso y letra del inmueble en conflicto]

ASUNTO: Requerimiento formal de cesación de actividades molestas y prohibidas (Art. 7.2 LPH).

En [Ciudad], a [Día] de [Mes] de 202X.

MUY SEÑOR/A MÍO/A:

En mi condición de [Presidente/a de la Comunidad de Propietarios de la calle… / Propietario del inmueble…], me dirijo a usted mediante el presente conducto para dejar constancia formal de lo siguiente:

  1. LOS HECHOS: Que desde hace un tiempo, y de manera reiterada, se vienen produciendo por su parte conductas que alteran gravemente la normal convivencia y la integridad de los vecinos. En concreto: [Describir aquí brevemente los hechos: ruidos excesivos en horario nocturno, insultos en zonas comunes, golpes en paredes, vigilancia injustificada, etc.].
  2. LA NORMATIVA: Tales conductas se encuadran dentro de lo previsto en el Artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que prohíbe expresamente al propietario u ocupante desarrollar actividades molestas, insalubres, nocivas o ilícitas en el inmueble, así como en las Ordenanzas Municipales de Convivencia de este Ayuntamiento.
  3. EL REQUERIMIENTO: Por la presente, se le REQUIERE FORMALMENTE para que proceda al cese inmediato de dichas actividades y se abstenga en lo sucesivo de repetir cualquier conducta que perturbe la paz de la comunidad o el derecho al descanso y la intimidad de los copropietarios.
  4. ADVERTENCIA LEGAL: Le informo que, de no deponer su actitud de forma inmediata, la Comunidad de Propietarios procederá a la convocatoria de una Junta General Extraordinaria para autorizar la interposición de una Acción de Cesación ante los Juzgados de Primera Instancia.

Le recordamos que la sentencia estimatoria podría conllevar, además de la indemnización por daños y perjuicios, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por un período de hasta tres años, así como la posible resolución de su contrato si fuera usted arrendatario.

Confiando en que este requerimiento sea suficiente para normalizar la convivencia, reciba un cordial saludo.

Fdo.: [Nombre y Apellidos] [Cargo: Presidente/a o Propietario afectado]

Recomendaciones adicionales del abogado:

  • Prueba de Envío: Envíelo siempre por Burofax con certificación de contenido y acuse de recibo. Si el vecino se niega a recogerlo, a efectos judiciales se considera igualmente «notificado» si se hizo al domicilio correcto.
  • Identificación: Si usted es el vecino acosado y el Presidente no quiere firmar la carta, puede enviarla usted mismo a título personal, aunque para la vía del Art. 7.2 LPH es preceptivo que el requerimiento lo firme el Presidente a instancias de la Junta o de un vecino.
  • Copias: Guarde una copia sellada por Correos y el certificado de texto que le entregarán días después.

Conclusiones

Tenemos el derecho como individuos y ciudadanos a vivir en paz y armonía en nuestro hogar y no ser hostigados por nadie. Tristemente, no siempre es así. En Abogados Comunidades hemos asesorado y representado a muchos propietarios/as en situaciones de incomodidad incluso miedo, debido al acoso y maltrato por parte de otro u otros vecinos.

La comunidad siempre ha de ser el primero órgano con el que hablar, asumiendo su rol de mediación en la administración de la convivencia comunal. Si un vecino te hace la vida imposible, hay que notificarlo y tratar de solucionar la situación a través del diálogo. Si ello falla, la justicia nos brinda herramientas (acción de cesación) para lidiar con el problema.

Si estáis en una situación similar en Oviedo y Asturias, nuestro despacho es experto en comunidades de propietarios y Propiedad Horizontal.  Encantados de ayudaros.

📞​ 984 110 173

📧​ [email protected]

Imagen de Jesús Martinez Junceda

Jesús Martinez Junceda

Socio del bufete, con sedes en Oviedo y Barcelona.
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo.
Doctorando en Derecho Civil, en la Universidad de Oviedo.
Miembro del Consejo de Derecho Privado y de la Empresa, de la Universidad de Oviedo.
Miembro de la Comisión de Derecho Sanitario del ICAB.
Miembro del Comité de Calidad de Titulación (UNIR).
Máster en el Ejercicio Profesional de la Abogacía (UNIR).
Máster en Derecho de la Salud (CESIF).
Grado en Derecho (UNIOVI).
Ganador del Premio «Amadeu Maristany» de Oratoria, del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
Premiado como «Asturiano de la Semana», por la Asociación Compromiso Asturias Siglo XXI
Autor de diversos libros y publicaciones sobre diversas materias del Derecho y colaborador habitual en revistas de reconocido prestigio de su especialidad.

El despacho
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Jesús Martinez Junceda

Socio del bufete, con sedes en Oviedo y Barcelona.
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo.
Doctorando en Derecho Civil, en la Universidad de Oviedo.
Miembro del Consejo de Derecho Privado y de la Empresa, de la Universidad de Oviedo.
Miembro de la Comisión de Derecho Sanitario del ICAB.
Miembro del Comité de Calidad de Titulación (UNIR).
Máster en el Ejercicio Profesional de la Abogacía (UNIR).
Máster en Derecho de la Salud (CESIF).
Grado en Derecho (UNIOVI).
Ganador del Premio «Amadeu Maristany» de Oratoria, del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
Premiado como «Asturiano de la Semana», por la Asociación Compromiso Asturias Siglo XXI
Autor de diversos libros y publicaciones sobre diversas materias del Derecho y colaborador habitual en revistas de reconocido prestigio de su especialidad.

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