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Abogados especializados en Comunidades

Abogados Comunidades

La aerotermia en comunidades de vecinos se ha convertido en una de las grandes protagonistas de la rehabilitación energética de los edificios en Oviedo y en el conjunto de Asturias. Con el encarecimiento del gas y del gasóleo, la próxima limitación de las calderas de combustibles fósiles y el empuje de las ayudas europeas Next Generation, cada vez más comunidades de propietarios se están planteando sustituir su vieja caldera central por un sistema de aerotermia.

Sin embargo, la decisión no es solo técnica ni solo económica: en una comunidad de vecinos hay que aprobarla en junta, cumplir la Ley de Propiedad Horizontal y encajar la obra en las zonas comunes del edificio. Y como bien sabemos en Abogados Comunidades, el proceso de consenso puede ser largo y laborioso.

Os detallamos toda la información necesaria y actualizada a 2026 sobre la aerotermia en comunidades. En qué consiste, qué instalación exige, cuánto cuesta, cuánto se ahorra, qué consumo supone y sus ventajas e inconvenientes, entre otros aspectos. Si os siguen surgiendo dudas, nos dejáis vuestras consultas al final del artículo, en comentarios, y os las responderemos lo antes posible.

¿Qué es la aerotermia y cómo funciona?

La aerotermia en comunidades de vecinos en Oviedo supone una tecnología que aprovecha la energía térmica contenida en el aire exterior para producir calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria (ACS). El corazón del sistema es una bomba de calor de alta eficiencia que, mediante un ciclo termodinámico, extrae calor del aire —incluso cuando la temperatura exterior es baja— y lo transfiere al interior del edificio. En verano el proceso se invierte y el sistema puede refrigerar.

La clave está en que la aerotermia no «quema» nada: no hay combustión, no hay humos ni caldera de gas. Se limita a mover energía que ya existe en el ambiente, y por eso se considera una energía renovable. De hecho, entre el 70 % y el 80 % de la energía que entrega procede del aire (gratuita y renovable) y solo el resto proviene de la electricidad que consume el compresor. Esa proporción es la que explica su enorme eficiencia frente a una caldera tradicional.

¿Qué tipo de instalación exige la aerotermia en comunidades de vecinos?

En un edificio de propietarios existen básicamente 3 formas de plantear la aerotermia, y elegir bien es determinante para el coste y para la tramitación legal.

☑️​ Aerotermia centralizada

Es la sustitución de la caldera comunitaria (habitualmente de gasóleo o gas) por una o varias bombas de calor que dan servicio a todo el edificio, normalmente para calefacción y ACS. Las unidades exteriores se ubican en la cubierta o azotea y se aprovecha, en gran medida, la instalación de tuberías y radiadores ya existente. Es la opción natural cuando la comunidad ya tenía calefacción central y quiere modernizarla.

☑️​ Aerotermia individual

Cada vivienda instala su propio equipo, con la unidad exterior en su terraza, balcón o en la fachada. Ofrece autonomía total (cada vecino controla y paga su consumo), pero multiplica el número de máquinas y su impacto visual sobre elementos comunes, lo que obliga a contar con la comunidad.

☑️​ Solución híbrida

Combina la aerotermia con un apoyo puntual (por ejemplo, la caldera existente para picos de demanda), lo que permite un cambio progresivo y una inversión inicial menor.

En cualquiera de los casos, la instalación de aerotermia en comunidades de vecinos debe respetar el Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), y con frecuencia requiere licencia de obra municipal. La ubicación de las unidades exteriores en cubierta debe cuidar el ruido, las vibraciones y la evacuación de condensados, aspectos que conviene dejar por escrito en el proyecto técnico.

¿Cómo se aprueba la aerotermia en una comunidad?

Aquí está la parte que más dudas genera y donde más errores se cometen. Muchos vecinos creen que instalar aerotermia en el edificio exige la unanimidad de la comunidad. No es así, y esta es una buena noticia.

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) trata la aerotermia como lo que es, un sistema de aprovechamiento de energías renovables. Por eso su artículo 17.1 establece un régimen de mayoría especialmente favorable. Basta el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación para aprobar su instalación. Es decir, no hace falta ni siquiera la mayoría simple: con que un tercio del edificio quiera dar el paso, el acuerdo es válido.

Además, la ley protege a quien impulsa la mejora, es decir, los propietarios que voten en contra no están obligados a asumir el coste de la instalación, pero tampoco podrán usarla salvo que después abonen su parte actualizada con los intereses correspondientes. Esto permite que una parte del edificio avance sin quedar bloqueada por la oposición del resto.

Conviene no confundir supuestos. Si lo que se aprueba es un sistema general de eficiencia energética que no encaje en el régimen de renovables, el artículo 17.3 exige una mayoría reforzada de tres quintas partes (3/5) de propietarios y cuotas. Y solo en casos excepcionales —cuando el acuerdo modifica el título constitutivo o los estatutos, por ejemplo, alterando la configuración de la cubierta— entraría en juego la unanimidad del artículo 17.6, algo que en un proyecto estándar de aerotermia rara vez ocurre.

Voto presunto de los ausentes

Es otro punto a tener en cuenta.  Según el artículo 17.8 de la LPH, los propietarios que, debidamente citados a la junta, no asistan ni estén representados, se consideran a favor del acuerdo si no comunican su discrepancia al secretario en el plazo de 30 días naturales desde que reciben el acta. En la práctica, esto facilita enormemente alcanzar la mayoría necesaria.

Para que el acuerdo sea inatacable, recomendamos en Abogados Comunidades convocar la junta con el orden del día claro («instalación de aerotermia») y la antelación legal, adjuntar el proyecto técnico y los presupuestos, reflejar con precisión en el acta el sentido de cada voto y las cuotas, y notificar correctamente a los ausentes. Un acuerdo mal documentado es la principal causa de impugnaciones posteriores.

Si un solo vecino quiere instalar aerotermia individual y la unidad exterior es visible desde la fachada o afecta a un elemento común, necesitará el consentimiento de la comunidad conforme a las mayorías anteriores; si no altera elementos comunes ni causa molestias, bastará con comunicarlo.

¿Cuánto cuesta instalar aerotermia en una comunidad de propietarios?

El coste depende del número de viviendas, del tipo de instalación y del estado de la infraestructura previa. Como órdenes de magnitud orientativos, antes de ayudas:

En una instalación individual, el equipo y su montaje por vivienda suelen moverse entre 7.000 € y 12.000 €. En una instalación centralizada, el reparto por vecino tiende a ser más económico gracias a la economía de escala: en proyectos reales de edificios grandes el coste por vivienda ha rondado los 5.000 € – 6.000 €, y el presupuesto global de un bloque residencial puede situarse, según su tamaño, en una horquilla amplia que va desde unas decenas de miles hasta varios cientos de miles de euros.

Estas cifras son referencia por clientes del despacho que les ayudamos en su día en la gestión del servicio, sin ser obligación directa del despacho. Al final, para saber el precio final de la aerotermia en comunidades de vecinos en Oviedo, se ha de llevar a cabo un estudio técnico del edificio. Y tener en cuenta que hay ayudas que pueden reducir considerablemente la inversión.

Consumo y rendimiento: el COP y el SCOP

Para entender el ahorro hay que fijarse en dos parámetros. El COP (coeficiente de rendimiento) indica cuántos kWh de calor produce el equipo por cada kWh eléctrico que consume: un COP de 4 significa que por 1 kWh de electricidad se obtienen 4 kWh de calor. El SCOP es el mismo concepto, pero medido a lo largo de toda una temporada, con las variaciones reales de temperatura, y es el dato que de verdad refleja la eficiencia anual.

Un buen equipo de aerotermia en comunidades de vecinos parte de un SCOP de 4 o superior; los más eficientes (clase A+++) alcanzan valores de 5 o más. En términos de consumo, esto quiere decir que la aerotermia necesita, aproximadamente, una cuarta parte de la energía que emplearía un sistema eléctrico directo para el mismo confort. Además, muchas líneas de ayuda exigen un rendimiento mínimo (SCOP ≥ 2,5) para que la instalación sea subvencionable, requisito que cualquier equipo actual de calidad cumple sobradamente.

¿Cuánto se ahorra al año?

El ahorro procede de sustituir un combustible caro (gasóleo o gas) y poco eficiente por un sistema que multiplica cada kWh consumido. Frente a una caldera tradicional, la aerotermia permite reducir la factura de calefacción y ACS entre un 50 % y un 70 %, y en combinación con placas solares el ahorro puede acercarse al 100 % del consumo energético asociado.

Traducido a una comunidad, esto significa que la cuota destinada a calefacción central, que en muchos edificios de Oviedo con gasóleo es una de las partidas más pesadas del recibo, puede reducirse a menos de la mitad. El plazo de amortización habitual, una vez descontadas las ayudas, se sitúa de forma orientativa entre 5 y 10 años, tras los cuales el ahorro es neto durante toda la larga vida útil del equipo (15-20 años o más).

Subvenciones y ayudas para aerotermia en Asturias en 2026

Este es, junto con el marco legal, el punto que marca la diferencia a la hora de decidir, y precisamente el más específico para las comunidades de Oviedo y Asturias.

Están las ayudas a la rehabilitación energética de edificios (RD 853/2021, fondos Next Generation).

Es el gran programa para comunidades de propietarios. Financia hasta el 80 % del coste de las obras siempre que se acredite un ahorro mínimo del 30 % en consumo de energía primaria no renovable, con importes que oscilan, según la mejora conseguida, entre unos 6.300 € y 18.800 € por vivienda. Cubre expresamente la incorporación de aerotermia, junto con aislamiento, ventanas y modernización de sistemas de climatización. En abril de 2026 el Principado de Asturias resolvió una convocatoria que concedió más de 5,2 millones de euros a 27 comunidades de vecinos para este tipo de actuaciones. Además, estas ayudas están exentas de tributar en el IRPF.

Luego, están los Certificados de Ahorro Energético (CAE). Por sustituir una caldera de gas o gasóleo por aerotermia, el instalador puede descontar directamente en factura una cuantía que suele situarse entre 1.000 € y 3.500 € por instalación. Es un mecanismo permanente y compatible con otras ayudas.

A nivel estatal y municipal

Vigentes para obras de mejora energética hay deducciones estatales del IRPF. Hablamos de una deducción del 40 % de la inversión (base máxima 7.500 €/año) cuando se reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria, y una deducción del 60 % para obras en el conjunto del edificio (aplicable a comunidades), con plazos que alcanzan, según el tramo, hasta el 31 de diciembre de 2026 y de 2027.

También en el ámbito municipal, numerosos ayuntamientos, entre ellos Oviedo y Gijón, aplican bonificaciones en el IBI (de hasta el 50 % durante varios años) y en el ICIO, el impuesto sobre la licencia de obra. Conviene revisar la ordenanza fiscal del municipio antes de solicitar la licencia.

Combinando ayuda directa, CAE, deducción fiscal y bonificaciones, el coste efectivo por vecino puede reducirse enormemente, y en escenarios óptimos acercarse a cero. Cada ayuda tiene requisitos propios (instalador autorizado, certificado de eficiencia energética antes y después de la obra, pagos bancarios trazables), por lo que la tramitación conviene planificarla desde el principio del proyecto.

Ventajas y desventajas de la aerotermia en comunidades

Es una disyuntiva la de plantearse la instalación de un sistema de aerotermia en nuestra comunidad de propietarios de tal calado, que es inevitable la discrepancia de grupo en la mayoría de casos. Pero habrá menos discrepancia si se conocen bien las características, beneficios y desventajas que vendrían ligadas a la aerotermia.

Resumido de manera explícita, os diríamos:

Ventajas:

  • Ahorro económico elevado en la factura de calefacción y ACS, especialmente frente al gasóleo.
  • Alta eficiencia: por cada kWh eléctrico se obtienen varios kWh de energía útil.
  • Tres servicios en un equipo: calefacción, refrigeración y agua caliente.
  • Energía renovable y sin combustión: no hay riesgo de fugas de gas ni emisiones directas, y mejora la calificación energética del edificio.
  • Régimen legal favorable (mayoría de un tercio) y fuertes ayudas disponibles en Asturias.
  • Bajo mantenimiento y larga vida útil.

Desventajas:

  • Inversión inicial alta, aunque muy mitigada por las subvenciones.
  • Dependencia de la electricidad: el ahorro real depende del precio de la luz (de ahí el interés de combinarla con fotovoltaica).
  • Espacio en cubierta y necesidad de un buen estudio de ruido y vibraciones.
  • Ligera pérdida de rendimiento en episodios de frío muy intenso, poco frecuentes en el clima asturiano.
  • Gestión comunitaria: exige acuerdo en junta y una tramitación ordenada.

Con todo esto bien definido, es más sencillo y justo plantear el dilema de apostar por la aerotermia en la comunidad de vecinos que si sólo plantea por recomendación o moda. 

aerotermia en comunidades

Aerotermia frente a placas solares: ¿Son lo mismo?

Es una confusión habitual. La aerotermia produce climatización y agua caliente aprovechando el calor del aire; las placas solares fotovoltaicas generan electricidad a partir del sol. No compiten, sino que se complementan a la perfección. De hecho, la fotovoltaica puede alimentar el consumo eléctrico de la bomba de calor, de modo que el edificio produciría buena parte de la energía que la aerotermia necesita para funcionar. El resultado es un ahorro que puede acercarse al 100 % del gasto energético en climatización.

Existen también las placas solares térmicas, orientadas solo a producir agua caliente; la aerotermia, en cambio, resuelve calefacción, refrigeración y ACS con un único sistema, por lo que suele ser más versátil.

Si buscamos climatizar y tener ACS de forma eficiente, la aerotermia es la base; si además se quiere abaratar la electricidad que consume, la fotovoltaica es el complemento ideal. Ambas, por cierto, disfrutan de un régimen de mayorías favorable en la Ley de Propiedad Horizontal.

Contextos habituales donde la aerotermia es especialmente beneficiosa

Para aterrizar la decisión, estos son los escenarios donde la aerotermia rinde mejor en un edificio de vecinos:

  • Comunidades con caldera central de gasóleo o gas antigua. Es el caso más rentable: se reutiliza gran parte de la instalación y el ahorro frente al gasóleo es máximo. Muy común en edificios de Oviedo de los años 60 a 90.
  • Edificios que van a rehabilitar la cubierta o la fachada. Aprovechar una obra ya prevista para instalar la aerotermia reduce costes y facilita optar a las ayudas de rehabilitación integral (que premian el ahorro conjunto).
  • Obra nueva. Permite diseñar el sistema desde cero, con suelo radiante y máxima eficiencia.
  • Comunidades con ACS centralizada (mucho consumo de agua caliente), donde la aerotermia amortiza especialmente rápido.
  • Edificios que buscan mejorar su calificación energética para revalorizar las viviendas o cumplir futuros requisitos normativos.

Cómo tomar la decisión

Apostar por la aerotermia en comunidades de vecinos en Oviedo suele tener sentido cuando concurren varias circunstancias: una instalación de calefacción antigua o cara, voluntad de una parte del edificio de dar el paso, y la oportunidad de captar las ayudas actualmente vigentes. El orden recomendable es: solicitar un estudio técnico y presupuesto, calcular el ahorro y la amortización reales para vuestro edificio, revisar las ayudas aplicables, y llevar a la junta un acuerdo bien preparado que respete las mayorías y los plazos de la Ley de Propiedad Horizontal.

Precisamente porque la parte jurídica —convocatoria, mayorías, actas, reparto de costes y posibles impugnaciones— es la que más problemas genera después, recomendamos ir de la mano de un profesional legal que proporcione asesoramiento especializado en propiedad horizontal. Es lo que hacemos en Abogados Comunidades con decenas de clientes para evitar bloqueos desde el inicio y garantizar que la inversión de la comunidad quede protegida.

Preguntas frecuentes sobre aerotermia en comunidades de vecinos

Aquí un compendio de las más habituales preguntas y consultas que nos realizan en el despacho en relación a la aerotermia en comunidades de vecinos:

☑️​ ¿Qué mayoría se necesita para aprobar la aerotermia en la comunidad?

Al tratarse de una energía renovable, la Ley de Propiedad Horizontal (art. 17.1) solo exige el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas. No hace falta unanimidad ni siquiera mayoría simple.

☑️​ ¿Tienen que pagar los vecinos que votan en contra?

No. Los disidentes no están obligados a asumir el coste de la instalación de renovables, aunque tampoco podrán usarla salvo que después abonen su parte actualizada con intereses.

☑️​ ¿Y si un vecino no acude a la junta?

Si fue debidamente citado y no comunica su oposición al secretario en 30 días naturales desde el acta, su voto se presume favorable (art. 17.8 LPH).

☑️​ ¿Cuánto cuesta y cuánto se ahorra?

Orientativamente, entre 5.000 € y 12.000 € por vivienda antes de ayudas según el tipo de instalación, con un ahorro en la factura de calefacción y ACS de entre el 50 % y el 70 %, y amortización habitual de 5 a 10 años una vez aplicadas las subvenciones.

☑️​ ¿Qué ayudas hay en Asturias en 2026?

Ayudas de rehabilitación energética (RD 853/2021, hasta el 80 % y exentas de IRPF), Certificados de Ahorro Energético, deducciones estatales del 40 % y 60 % en el IRPF y bonificaciones municipales de IBI e ICIO en ayuntamientos como Oviedo y Gijón.

☑️​ ¿La aerotermia funciona bien con el clima de Asturias?

Sí. Las bombas de calor actuales mantienen un buen rendimiento en el clima templado y húmedo asturiano; solo pierden algo de eficiencia en episodios de frío extremo, poco frecuentes en la región.

☑️​ ¿Es lo mismo que las placas solares?

No. La aerotermia climatiza y produce agua caliente; las placas solares fotovoltaicas generan electricidad. Son complementarias: combinarlas maximiza el ahorro.

☑️​ ¿Necesito licencia del Ayuntamiento?

Por lo general sí, especialmente en instalaciones centralizadas en cubierta. La obra debe cumplir el CTE y el RITE. Conviene comprobar además las bonificaciones fiscales municipales al solicitarla.

Conclusiones

Una realidad en cada vez más comunidades y viviendas unifamiliares. La aerotermia entra dentro de las soluciones y opciones de energías renovables que los usuarios más valoran, dado que no hay combustión en su funcionamiento y, por tanto, no emite humos ni gases al exterior. Tiene contraindicaciones a considerar como la inversión inicial (reducida con las subvenciones) y la dependencia eléctrica, pero cada vez gana más terreno como solución energética en el día a día de la gente en sus casas.

En Abogados Comunidades os asesoramos en todo el proceso legal si estáis pensando en instalar aerotermia en la comunidad de vecinos, dese la convocatoria y celebración de la junta para votarlo, a la redacción del acuerdo y del acta, reparto de costes y tramitación de ayudas, para que la decisión sea segura y no pueda ser impugnada. Contactad con nosotros y os ayudamos a dar el paso con todas las garantías.

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Jesús Martínez Junceda, titular del despacho

Escrito por el despacho

Jesús Martínez Junceda

Titular de Abogados Comunidades, bufete de Oviedo especializado en Propiedad Horizontal y comunidades de propietarios. Colegiado 7.012 del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo. Si tu caso se parece al de este artículo, cuéntanoslo.

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